A partir de la actualización de la Ordenanza de Civismo (prevista para entrar plenamente en vigor durante 2025-2026), la limpieza de los orines ya no es solo una recomendación, sino una obligación legal.
Aquí tienes los puntos clave de lo que indica el Ayuntamiento:
- Obligación de diluir
Los propietarios están obligados a diluir con agua las micciones de sus perros de forma inmediata. Se recomienda llevar una botella pequeña, preferiblemente mezclada con un poco de jabón biodegradable o vinagre para neutralizar el olor y evitar el efecto corrosivo. - Lugares prohibidos
Aunque se debe limpiar en cualquier parte, la ordenanza pone especial énfasis en evitar que los perros orinen en:- Fachadas de edificios y escaparates.
- Mobiliario urbano (farolas, papeleras, señales).
- Zonas infantiles (parques de juegos), donde la sanción es mucho más elevada.
- Sanciones y multas
El incumplimiento de esta norma se considera una infracción que puede variar según la gravedad o la zona afectada:- Multas estándar: Suelen oscilar entre los 300 € y los 750 € por no diluir el orín.
- Infracciones graves: Si el perro orina en parques infantiles o jardines de uso para niños, la multa puede ascender hasta los 3.000 €.
- Recomendaciones prácticas
- La "botellita": Es aconsejable llevarla siempre a la vista. La Guardia Urbana puede solicitarte que la muestres para comprobar que tienes los medios para limpiar.
- Zonas de recreo: Siempre es preferible dirigir al animal hacia los alcorques de los árboles (siempre que no haya flores o plantas delicadas) o hacia las áreas específicas para perros (pipicanes).



